Hace unos días Javier Albán de Semana Económica hizo una entrevista a Eloy Espinosa-Saldaña, magistrado del Tribunal Constitucional. Su testimonio acompañado del análisis de Albán nos permiten comprender mejor qué es lo que está sucediendo en el plano educativo y si realmente la nueva ley mejorará la educación de los jóvenes.
Aunque las nuevas regulaciones de la Ley Universitaria pueden resultar incómodas de cumplir por la exigencia de sus mandatos, hay que reconocer que no son inconstitucionales. ¿Saldremos mejores preparados con estas modificaciones de la Ley?
Aclaremos que si bien en un principio se acusó de que la norma violara la autonomía de las universidades (entidades privadas) para hacer disposiciones propias, el Estado hace un esfuerzo-aunque a la fuerza- por tratar de que la educación (pagada o no) sea un servicio de buena calidad. «La universidad tiene la posibilidad de tomar ciertas medidas, pero en la medida en la que estamos ante un servicio público, puede haber una superintendencia.», agregó Espinosa-Saldaña.
Aquí la lista con las normas un tanto ‘incómodas’ por su incoherencia, pero al fin y al cabo, normas.
1. Más sabe el diablo por viejo, que por diablo.
Esto no lo cree la Ley Universitaria, para ella, la plana docente no puede tener más de 70 años. ¿Acaso la sabiduría dura hasta cierta edad? No. Para el miembro del TC esto también es un exceso de la ley, pero los votos no alcanzaron la cantidad necesaria para que sea eliminada.
Al respecto, Albán dio algunos ejemplos de universidades extranjeras que son dirigidas por personas mayores. El pobre de Chris Patten, canciller de la Universidad de Oxford sería obligado a jubilarse sin importar los méritos de su trabajo. Y para no decir que América Latina está alejada del primer mundo, en Brasil el rector de la universidad Sao Paulo tiene 69 años.
2. Título de doctor para cualquier aspirante de altos cargos
En este caso se puede hablar de justicia por compensar a los más preparados, pero un punto en contra es que la ley no es clara y trata de lucir sutil. rectores y vicerrectores deben tener grado de doctores. ¿Cuántos de los decanos en nuestras universidades son doctores, magísteres o profesores principales? Pocos. La UNMSM y la PUCP sí cumplen con esta regla pero La universidad del Pacífico y la UPC-entre otras- tienen a muchos de sus decanos sin ser doctores. ¿A dónde pasaría todo ese personal? ¿Merece ser despedido? ¿Está acaso incapacitado?
3. Planes y estrategias estudiantiles en público podrían afectar la competencia
Si bien un organismo vigila ciertos aspectos del sector privado procurando que no se afecte sus sistema de competencia, es probable que en un país con alto nivel de corrupción cifras e información sea filtrada. El peligro de que esto suceda no ha sido correctamente discutido ni se aclara cómo se daría una correcta fiscalización sin afectar a las casas estudiantiles. Claro que de alguna manera sería más fácil descubrir los negocios de Acuña.
4. Cantidad no significa calidad.
Los profesores de pregrado deberán contar con una maestría o doctorado de 48 y 64 créditos, respectivamente. ¿Por qué? Volvemos a la misma crítica de números, es que ‘más’ es ‘mejor’? Puede parecer pero no. Albán dio ejemplos de maestrías como la de Derecho en Yale que cuenta con 24 créditos. O, la de economñia en London School of Economics que dura 10 meses. O sea, no importa cuánto invertiste en un programa extranjero que te preparó -probablemente mejor que en el Perú- ni las horas que gastaste en obtener ese título. Para ellos es mejor que te hayas quedado en el Perú en medio de un sistema educativo que recién empieza a dar sus pininos.