Detectan plagios en moción de vacancia a PPK

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Luego de admitirse en el pleno del Congreso de la República la moción de vacancia por incapacidad moral al presidente Pedro Pablo Kuczynski (PPK), el portal Útero.pe ha detectado plagios en el documento.

Recordemos que este pedido fue presentado por una comisión multipartidaria compuesta por congresistas del Frente Amplio, Fuerza Popular y el APRA, y cuenta con 27 firmas.

No obstante, en ninguna página se cita a la fuente directa de los fundamentos de derecho que debieran aportar la legitimidad a la moción, la cual, como detalló el mencionado portal, pertenecen al abogado y magíster en Derecho Constitucional por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), Abraham García Chávarri.

SOBRE LA INFRACCIÓN CONSTITUCIONAL

El texto sostiene, en el apartado 4 «La incapacidad moral y la infracción constitucional. Distinciones conceptuales«, recogiendo lo precisado por el autor Victor Hugo Montoya Chávez en su libro La infracción constitucional, que:

«Entendiendo la infracción constitucional como un atentado contra el sistema democrático, y teniendo en consideración que los tipos abiertos no son propios de un Estado Constitucional, un sector de la doctrina nacional propone un catálogo de las conductas a estimarse como infracciones constitucionales. Ellas son las siguientes: 1) violación de la soberanía nacional, 2) inobservancia reiterada de compromisos públicos, 3) menoscabo presupuestario, 4) usurpación absoluta del poder, 5) intervención en otros poderes, y 6) desestabilización interna».

De lo anterior se desprende que la vacancia presidencial se da en casos de infracciones constitucionales, entre las que no se cuenta la incapacidad moral, como lo señala en reiteradas alusiones el texto en que se basó la moción de vacancia contra el presidente Kuczynski.

Otra precisión es señalar que las figuras de infracciones constitucionales, como instituciones, no están determinadas en el marco constitucional peruano, por lo cual hay una carta libre para diferentes interpretaciones.

PLAGIOS 

En la nota de Utero.pe, se deja constancia de un primer caso de plagio con una interpretación sacada aparentemente de contexto en torno a la legitimidad de la vacancia presidencial por incapacidad moral.

En los fundamentos de hechos de la moción de vacancia, en la página 2, se sostiene que la vacancia por incapacidad moral «no requiere mayor dilucidación» ni controversia —en cristiano, ni pruebas ni debate—, citando las mismas palabras del autor del texto que sirvió de base, pero sin reconocer su autoría y en un contexto cuestionable.

Aquí dice que "No". Imagen: captura Congreso

El texto mencionado como base de la moción, sin embargo, señala lo siguiente:

Imagen: captura

Es decir, basándose en el antecedente histórico de vacancias presidenciales en el Perú —Riva Agüero, Guillermo E. Billinghurst y Alberto Fujimori—, concluye que todas las infracciones constitucionales, salvo la incapacidad moral, son hechos punibles por desencadenar consecuencias jurídicas, las cuales no requieren mayor controversia o dilucidación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Otro de los aspectos en los cuales los plagios salen a relucir concierte a los fundamentos de derecho que legitimarían la moción de vacancia presidencial. Por ejemplo, en el punto 3 de ese apartado se sostiene que:

Imagen: captura

Sin embargo, en el texto del abogado García Chávarri se dice que:

Imagen: captura

En el caso de la moción para vacar al presidente, el «debiera» que el especialista en derecho constitucional sugiere, se convierte en una afirmación que, al parecer, para los que impulsan la vacancia presidencial, no admitiría ninguna clase de cuestionamientos, pues determinan su «utilización».

De la misma manera, en tanto a la dignidad presidencial, el documento de vacancia se lee nuevamente afirmando de forma tajante la sugerencia esbozada por el abogado García Chávarri:

Imagen: captura

Mientras que el abogado constitucionalista expresa en su exposición escrita que:

Todo lo que está resaltado es el rico copypaste. Imagen: captura

Finalmente, de igual forma que en el caso anterior, el «podría ser plausiblemente aplicable» se transforme en el documento para vacar al presidente de la República un «es aplicable».

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