Dos propuestas para los gobiernos regionales y locales

2.056

Cada año el gobierno central le asigna a cada institución un presupuesto para sus gastos corrientes y de inversión. Para el 2014, el 65% del presupuesto de inversión estuvo destinado a gobiernos regionales y locales (20% y 45% respectivamente), mientras que el resto fue asignado a las distintas instituciones del gobierno central. En términos absolutos, ese 65% del presupuesto significa que los gobiernos regionales y locales tienen responsabilidad directa sobre S/. 25.7 mil millones*.

Sin embargo, en lo que va del año, sólo se ha utilizado el 56% de dicho monto, dejando muy en claro que dichos gobiernos tienen serios problemas de gestión, pues no utilizan la totalidad de sus recursos: no porque no necesiten gastarlo o busquen ahorrar, sino porque no saben en qué. Esto, a su vez, impide el desarrollo de su región, provincia o distrito. Es hasta irresponsable dejar tantos recursos sin usar, siendo el nuestro un país con brechas muy altas de infraestructura y educación.

La legislación sobre gobiernos a nivel regional fue introducida en la Constitución de 1979, pero recién tomó la forma que tienen en la actualidad para las Elecciones Municipales y Regionales del 2002. El objetivo de dicha norma fue la de otorgar a las regiones cierto grado de autonomía al momento de realizar proyectos de inversión, de tal manera que se pudieran atacar los principales problemas de cada una. Lamentablemente, los pobres ratios de eficiencia en el gasto, los continuos escándalos de corrupción y la poca alineación de sus objetivos con los del gobierno central hacen pensar que tal vez esta no fue la mejor de las ideas.

Analizando más en detalle la ineficiencia en el gasto de inversión, queda claro que éste responde en gran medida a dos factores. En primer lugar, la falta de capacidad de gestión por parte de las autoridades electas (ya sea por falta de educación, falta de experiencia o ambas) impide que se puedan realizar obras para el beneficio de la comunidad a pesar de sus supuestamente buenas intenciones. Adicionalmente, cada vez que hay elecciones existe la posibilidad de que se renueve al presidente regional/alcalde o, al menos, a una gran parte del consejo regional o del consejo de regidores (para municipalidades) . De esta forma, cada cuatro años vemos que gran parte de los hacedores de política son nuevos, por lo que se corta el proceso gestionado por el anterior gobierno y se reduce la eficiencia aún más por la inexperiencia en el cargo.

Ante esto, me gustaría proponer dos ideas que podrían ayudar a solucionar el problema de la ineficiencia en el gasto de inversión al nivel subnacional:

Por un lado, y tal como lo mencioné en mi columna anterior, es necesario exigir un nivel educativo mínimo dependiendo del cargo que se ostente. De esa manera, se estarían reduciendo asímetrías de información, pues muchas veces la autoridad elegida podría no ser lo que parecía y resultar un mal gobernante. Al incluir una barrera educativa (digamos, un título universitario) se estaría reduciendo esta discrepancia, pues se garantizaría cierto grado de educación y calidad de gestión.

Asimismo, el gobierno central debería de tener cierta injerencia en las decisiones de los gobiernos regionales y las municipalidades provinciales, así como en el proceso de gestión de las mismas. Como consecuencia, se estarían alineando un poco los incentivos del gobierno central y regional. Esto se podría realizar mediante la designación de un gerente administrativo que sea independiente al gobierno regional o provincial de turno, lo cual aseguraría una correcta y eficiente asignación de recursos.
Considero que con éstas tres medidas se podría alcanzar un mejor uso de los recursos de los gobiernos regionales y locales. Sin embargo, éstas por sí sólas no bastarán para que se utilice correctamente el 100% de los recursos. La corrupción–véase el caso del exalcalde de Chiclayo, quien robó más de S/.100MM mientras estuvo en el cargo–es todavía un obstáculo que necesita atacarse, lo mismo que la distribución de ingresos por concepto del canon.

*Fuente: Consulta Amigable del Ministerio de Economía y Finanzas