Ética en el Congreso, por Eduardo Herrera

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Un Congresista llama a una autoridad cualquiera y le recomienda a un familiar suyo para que trabaje en esa dependencia. Seguramente, si el familiar no está dentro de los impedimentos que establece la norma correspondiente, la conducta será legal; la pregunta es más bien si esa acción correcta o, mejor dicho, si es ética.

Contrario sensu, en el mismo ejemplo, si yo -ciudadano común y corriente- llamo a esa misma autoridad, la cual dicho sea de paso no conozco, para recomendarle un familiar ¿cuál cree que sea la respuesta?

La diferencia estriba en el poder de influencia que tiene un funcionario (Congresista) a diferencia de un ciudadano cualquiera. Entonces, no se trata de cualquier recomendación tiene un peso específico. Ahí es donde entra el concepto de conflictos de interés.

El ejemplo anterior es uno de los tantos que se pueden extraer de la casuística real. Pero no es que sea este Congreso solamente, esto se repite hace varios años, muchos en realidad. Lo que sucede, para ser estrictamente honesto (y apegado a la ética, por lo tanto), es que esta conformación del Legislativo está más expuesta que otras. En realidad, en líneas generales, lo que hoy es no ético, incluso no legal, es más público. La actualidad nos lleva a tener más cuidado con lo que hacemos incluso en nuestras propias vidas comunes, aunque el incentivo no debería ser ese, dicho sea de paso.

Lo que sucede en el Congreso se repetirá porque, en principio, no existe sanción real y sin distinciones (existe una sanción selectiva que se deslegitima a si misma por esa razón). La comisión de ética que, en realidad, debería llamarse de “asuntos internos” o de “asuntos disciplinarios” no funciona con independencia (siempre fue así). Como actualmente sucede en muchos gremios empresariales, la tendencia es a tener colegiados independientes que garanticen la neutralidad a la que estamos expuestos todos. Por eso, haciendo las comparaciones, es el que sistema de justicia opera (o al menos debería hacerlo) con un juzgador que no conoce a las partes ni tiene ningún tipo de relación con aquellas (juzgador independiente).

Y más allá de la sanción, lo que falta es una labor formativa. Se ha normalizado la trasgresión y esta solamente es reparada cuando se hace pública. La ética no tiene nada que ver con reputación, aunque la fundamenta; que un hecho sea público o no, no determina que sea más o menos ético. La ética tampoco tiene que ver con la legalidad, aunque la inspira. Si una persona está sometida a un proceso judicial no implica que la presunción de inocencia le proteja también de la sanción ética. Una conducta puede ser ley y no necesariamente ser ética.

Los límites rebasados se fundamentan en una ausencia de reflexión en nuestras conductas a nivel general y allí la labor formativa es crucial. Entonces, incorporamos formas de actuar porque simplemente “así se hace” y creemos que son correctas. Por eso, verán regularmente la excusa apelando a que “todo el mundo lo hace”. Esto resulta producto de las automatizaciones de nuestras vidas, porque hoy el tiempo y la famosa “productividad” parece dominar nuestras existencias y más.

El Congreso es el reflejo de nuestra sociedad y vaya que sí estamos todos representados. No nos quejemos porque nosotros los elegimos (activa o pasivamente). La solución entonces es mirar las cosas en perspectiva y colaborar en la solución porque con eso nos estaremos ayudando a nosotros mismos.

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