Justicia a la medida, por Raúl Bravo Sender  

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El reciente caso de una niña secuestrada, ultrajada sexualmente, y luego asesinada por el denominado “monstruo de la bicicleta”, ha consternado a la opinión pública, al punto que el enardecido pueblo peruano ha pedido la aplicación de la pena de muerte para tan desalmado individuo.

Ello, evidentemente es imposible por un elemento fundamental del estado de derecho: el principio de legalidad, el cual en la justicia penal significa que nadie puede ser procesado ni condenado por un hecho que, al momento de cometerse, no esté previsto en la ley como delito, con su respectiva sanción. En buen cristiano, cuando ocurrieron los condenables hechos, no estaba prevista la pena de muerte para tal delito (violación sexual de menor de edad).

Este lamentable delito se produce en el contexto de los pronunciamientos, tanto de la Comisión como de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, respecto del indulto otorgado por PPK a AFF. La Comisión ha cuestionado el indulto en el sentido que el médico particular y de cabecera de AFF integró la Junta Médica que informó sobre el estado de salud del indultado, lo cual quiebra la imparcialidad y objetividad que se requerían para el dictamen, y que a las víctimas se les estaría vulnerando su derecho a la justicia dado que el indulto sería una suerte de impunidad frente a los delitos por los que fue juzgado AFF.

Así, ha retornado el debate respecto de la posibilidad de que el Perú se retire de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por cuanto dicho instrumento internacional establece limitaciones para el restablecimiento de la pena de muerte.

Es cierto que nuestra Constitución prevé tal pena, pero únicamente para los casos de terrorismo y traición a la patria en situación de guerra exterior; pero está obligado por dicho tratado a no ampliar tal pena a otros delitos. Y este clamor popular, agitado por ciertos actores políticos, se presenta coincidentemente cuando la Comisión y la Corte Interamericana han cuestionado el indulto presidencial a AFF.

Sería reprochable desde el ángulo que se le mire, que se esté aprovechando la petición popular de la pena de muerte para los violadores de menores, y así justificar el retiro del Estado peruano del Pacto de San José de Costa Rica, con el propósito de sustraer de la jurisdicción contenciosa de la Corte Interamericana al caso del indulto otorgado a AFF.

Recuérdese que, cuando la OEA y Almagro amenazaban con aplicar la Carta Democrática Interamericana al gobierno venezolano, Nicolás Maduro anunciaba el retiro del organismo internacional por lo que consideraba una intromisión en su soberanía nacional. Y téngase presente que el propio gobierno, en plena coyuntura de la vacancia presidencial, apelaba a recurrir a la Corte Interamericana para denunciar un exceso de poder y vulneración del debido proceso por parte de la mayoría parlamentaria fujimorista.

Hoy, esos mismos políticos denuncian un menoscabo de la soberanía peruana por parte de la Corte. No se puede obtener una justicia a la medida. Desde el momento en que el Perú ratificó el Pacto de San José, se sometió a la jurisdicción de su tribunal, y debe honrar su palabra.

Ahora bien, ello no limita que puedan cuestionarse, tanto la calidad profesional y la solvencia moral de quienes integran tal tribunal internacional, como el que sus fallos tengan cierto sesgo político o ideológico, o el que haya favorecido a terroristas pro sendero en desmedro de los intereses nacionales.

Y si ello ha ocurrido, es porque los demás actores políticos –y la propia prensa- han permitido que el discurso en favor de los derechos humanos sea monopolizado por un conjunto de ONGs manejadas a su antojo por activistas de una clara tendencia política e ideológica de izquierda, quienes han visto en la Corte un rentable mecanismo para obtener cuantiosas indemnizaciones a costa de los ajustados presupuestos estatales, cuando en realidad el tema de los derechos humanos es uno que nos debe interesar defender a todos.

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