La posesión ilegal de armas de fuego será sancionada con hasta 12 años de prisión

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El gobierno ha aprobado decretos legislativos para modificar el Código Penal, con el fin de fortalecer la lucha contra el crimen organizado. Con esto, las penas en los delitos de posesión ilegal de armas de fuego y el sicariato serán más severas.

Las nuevas medidas fueron aprobadas en el Consejo de Ministros el pasado miércoles.

Se ha modificado la inclusión del artículo 279 G del Código Penal, independizando el delito de tenencia, porte y uso ilegal de arma de fuego y municiones. Este será sancionado con pena efectiva de 6 a 10 años por el hecho de poseer un arma ilegal. Además, si las armas y las municiones son de propiedad de la Policía o las Fuerzas Armadas, las penas van de 8 a 12 años.

El ministro del Interior, Carlos Basombrío, comentó: “con este decreto legislativo se aclara mejor la tenencia ilegal de armas y sanciona con prisión efectiva. Y con esto no se quiere llenar las cárceles con portadores de armas ilegales, sino evitar que estas personas estén en las calles”.

También se separaron los delitos de sicariato y minería ilegal. Con respecto al primero, la ministra de Justicia, Marisol Pérez Tello, indicó que sus autores «ya no gozarán de beneficios penitenciarios”.

La ministra también mencionó que se sancionará a líderes o financistas de organizaciones criminales con 20 años de prisión. La misma sanción se le dará a individuos cuyos actos delictivos resulten en muertes o lesiones graves a la integridad física o mental.

Además, se han modificado cinco artículos del Código Penal para agravar sanciones penales por hurto agravado, cuando afecten infraestructura y bienes de uso público en transporte, saneamiento, energía, seguridad, electricidad y gas.

Asimismo, se propuso modificar la Constitución  y ampliar el plazo de detención para investigación criminal, de 24 a 72 horas.

“Estamos corrigiendo problemas en tipos penales a partir de facultades delegadas en coordinación con el Poder Judicial y el Ministerio Público. Muchas veces un fiscal no puede aplicar sanción porque no existe el tipo penal”, explicó Pérez Tello.