[OPINIÓN] Y ahora ¿A meter bala?

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A raíz de los últimos hechos violentos suscitados en la Oroya, y en uso de la delegación de facultades legislativas sobre temas de seguridad ciudadana, el Presidente de la República Ollanta Humala Tasso junto con el Titular del Consejo de Ministros, Pedro Cateriano y los Ministros del Interior, José Luis Guadalupe, y de Justicia, Gustavo Adrianzén firmaron el Decreto Legislativo N° 1186 el cual norma el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional.

En este sentido José Luis Pérez Guadalupe, Ministro del Interior manifestó:

“No, no existía una disposición con rango de ley que pudiera garantizar a la Policía Nacional el uso de la fuerza, que es totalmente distinto al uso de la violencia. Las Fuerzas Armadas contaban con una norma al respecto (Decreto Legislativo Nº 1095), pero la PNP solo contaba con protocolos y manuales que carecían de amparo legal”.

El hecho de haberse normado, tal y como declara el Ministro del Interior denota un avance en reforzar el marco jurídico interno para la protección de la población y una delimitación en las facultades de los efectivos policiales que asegurará a lo largo de su implementación una mayor seguridad en que ante una extralimitación habrá una sanción.

El problema surge cuando se emplea una norma para paliar un problema meramente político. Esta normativa ya se pedía desde el año 2012, tal es así que Juan Carlos La Puente Tapia, ex Director Ejecutivo de Amnistía Internacional Perú hacía hincapié sobre el adecuado del uso de la fuerza policial a las normas internacionales e incluso la cuestionada Ley 30151 que estableció la exoneración para policías y militares que utilizaran su arma de fuego o cualquier otra arma. Pero este DL lejos de darse por el vacío legal se aprueba en ocasión del último conflicto social donde se cuestionó nuevamente la actuación de la PNP en su control pues hasta el momento ya se han detenido a 5 policías que emplearon armas de manera “disuasiva”.

Ante esto sólo queda hablar claro y decir que como se ha evidenciado en distintas oportunidades, llámense Tía María, La Oroya, El Agustino, Pichanaki y el “Baguazo”, sí hay abuso por parte de la PNP, ya que inevitablemente dentro del conglomerado de efectivos existen aquellos que se extralimitan y emplean la violencia como un método para aplacar las manifestaciones de la población.

Pero la violencia no se va a solucionar por dictar norma tras norma, que si bien servirá para enmarcar las actuaciones de la PNP remitiéndose a principios como lo son el de legalidad, necesidad, y proporcionalidad, no aseguran del todo las prácticas violentas en la PNP. Sobre este punto es importante recalcar que la premura de la norma incluye elementos que pueden llevar al error como lo es precisamente la proporcionalidad, al dejar un criterio de discrecionalidad amplio, esto refuerza el hecho que lejos de ser una norma que remediará el problema, quizá termine agravándolo.

En mi opinión la solución se encuentra en el refuerzo de la etapa previa al enfrentamiento del conflicto como lo es la negociación de las partes evitando su estallido, también se debe de continuar con la capacitación en competencias de persuasión y preparación de los efectivos, al día de hoy se busca tener a muchos más agentes en las calles, pero no se preocupan por una preparación real de los mismos, de la elaboración de un perfil psicológico y de una formación básica en los derechos de los ciudadanos. Sólo queda esperar que esta norma se integre bien al sistema jurídico y sea aplicada correctamente.