La Sala Penal de la Corte Suprema decidió anular el impedimento de salida del país contra los exmiembros del desactivado Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), Iván Noguera y Guido Aguila.
Según el documento al que tuvo acceso el diario El Comercio, el fallo lleva la rúbrica de los jueces José Neyra, Iván Guerrero y Ramiro Bermejo Díaz.
Cabe mencionar que el magistrado de investigación preparatoria Hugo Nuñez Julca había resuelto la restricción por un plazo de 18 meses a ambos exfuncionarios.
Además, el texto tiene como sustento que se hizo una “fundamentación errónea” en primera instancia sobre la calificación de la prognosis de pena (4 años) a imponerse.
«No fundamenta por qué, en el caso de los encausados Aguila Grados y Noguera Ramos, debería ser de cuatro años. De notarse que esta prognosis es aún mayor que la propuesta por el Ministerio Público a la que se ha hecho referencia», se aprecia en el informe judicial.
El tribunal supremo alegó que la pena no superaría los tres años por no registrar antecedentes penales. Iván Noguera y Guido Aguila son investigados por los presuntos delitos de patrocinio ilegal y cohecho pasivo específico.
«Por consiguiente, carece de sustento jurídico-fáctico la fijación de un impedimento de salida del país en contra de los encausados nombrados, toda vez que no sobrepasan la exigencia legal que señala el primer párrafo del numeral 1 del artículo 295 del CPP, de allí que en el extremo del impedimento de salida la decisión debe revocarse», determinó el PJ.