Poder Judicial dicta medida cautelar para que el Ministerio de Salud distribuya el anticonceptivo oral de emergencia (AOE), conocido como píldora del día siguiente, mientras continúa juicio sobre el fármaco. Esto se dará en centros de salud pública del país. El Minsa tendrá 30 días para distribuir la píldora a nivel nacional.
La entrega sin costo del AOE se restringió en el 2009, pues el Tribunal constitucional indicó que existía una «duda razonable» sobre la naturaleza abortiva del levonorgestrel, principio activo de la píldora.
En julio del 2014, Violeta Cristina Gómez y la ONG Promsex presentaron ante el Poder Judicial una acción de amparo para que el Minsa redistribuya el AOE en los centros de salud públicos. El Tribunal Constitucional considera que la concepción del ser humano se produce desde el momento en que un óvulo es fecundado por un espermatozoide, entonces, el uso de la píldora afectaría su desarrollo. Sin embargo, el fallo también estableció que, si en el futuro había consenso sobre la inocuidad dellevonorgestrel, “tendría que cambiarse de posición”.
En diciembre del 2015, el proceso recayó en el Primer Juzgado Constitucional capitalino, a cargo del juez David Suárez Burgos.
El 20 de junio las demandantes solicitaron una medida cautelar ante el mismo juzgado constitucional con el fin de lograr una garantía del juez antes de que emita su sentencia final, evitando que “durante el tiempo en el cual no se pronuncie sobre nuestra demanda principal, se genere un daño irreparable en miles de mujeres peruanas», explicó Brenda Álvarez, abogada de la ONG Promsex.
Uno de los argumentos de las demandantes es la vulnerabilidad patente en las mujeres más pobres, quienes viven en las zonas declaradas en emergencia por el virus del zika –una madre gestante infectada podría tener un bebé con alteraciones neurológicas, como microcefalia. Sostienen que estas peruanas están impedidas de un embarazo no deseado y peligroso ante la imposibilidad de acceder al AOE.
«El TC prohibió la distribución gratuita del AOE, pero no su comercialización. Fue un acto discriminatorio. Por ello, este nuevo fallo tiene un enorme valor, ya que permitirá que miles de mujeres sin recursos tengan acceso a este anticonceptivo. Sabemos que el Minsa apoya esta política y esperamos que cumpla con la medida impuesta en el plazo indicado por el juzgado», explicó Susana Chávez, presidenta de Promsex.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Artavia vs Costa Rica establece que el inicio de la vida se da cuando un óvulo fecundado se anida en el útero. A partir de esto, el Primer Juzgado Constitucional establece que, preliminarmente, el AOE no tendría un efecto abortivo ni afectaría la concepción. Otros aspectos también se tomaron en consideración para esta medida cautelar.
La medida cautelar estará vigente mientras continúa el proceso judicial. La decisión judicial indica la existencia de una «casi certeza» respecto a la legalidad de los argumentos de las demandantes, pero la decisión final se dará al culminar el juicio.
A inicios del mes, Patricia del Río, titular del Minsa, indicó que el Anticonceptivo Oral de Emergencia debe estar disponible en los hospitales públicos. “Es una inequidad que el Minsa no distribuya píldora del día siguiente”, opinó.