A través del Diario Oficial El Peruano, se publicó hoy la Resolución Legislativa 007-2017-2018-CR, en la que se modifica el artículo 86 de su reglamento, donde se hace referencia a la cuestión de confianza y censura de ministros de Estado.
Esta lleva la firma del titular del Parlamento, Luis Galarreta. El mencionado documento quedará así:
– Si la cuestión de confianza es presentada por el presidente del Consejo de Ministros a nombre del Consejo en su conjunto, y esta le fuera rehusada, se producirá la crisis total del Gabinete Ministerial.
– El planteamiento de la cuestión de confianza de todo el Gabinete se rige según lo establecido en el primer párrafo del artículo 126 de la Constitución.
– No procede la interposición de una cuestión de confianza cuando esté destinada a promover, interrumpir o impedir la aprobación de una norma o un procedimiento legislativo o de control político.
– La facultad presidencial de disolución del Congreso de la República establecida en el artículo 134 de la Constitución procede únicamente cuando se han producido dos crisis totales de Gabinete.
– No se considera que hay crisis total del Gabinete cuando el presidente del Consejo de Ministros renuncia unilateralmente ni cuando el presidente de la República opte por designar a uno o más ministros renunciantes nuevamente en el Gabinete.
Recordemos que esta iniciativa se aprobó en el Congreso con 81 votos a favor, 18 en contra y ocho abstenciones.
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