Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda del Ejecutivo contra la ley que limita el ejercicio de la cuestión de confianza
Con 4 votos a favor y 2 en contra, el TC declaró infundada la demanda del Ejecutivo contra la ley que limitó el ejercicio de la cuestión de confianza, excluyendo su uso sobre materias de competencia exclusiva del Congreso o sobre reformas constitucionales.
El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad planteada por el gobierno de Pedro Castillo contra la Ley 31355, “Ley que desarrolla el ejercicio de la cuestión de confianza regulada en el último párrafo del artículo 132 y en el artículo 133 de la Constitución Política del Perú”.
La demanda contó con el respaldo de solo dos magistrados (Eloy Espinosa-Saldaña y Marianella Ledesma), mientras que los otros cuatro (José Luis Sardón, Ernesto Blume, Manuel Miranda y el presidente Augusto Ferrero) votaron por declararla infundada.
De acuerdo al artículo 107 del nuevo Código Procesal Constitucional, para declarar inconstitucional una norma se requiere el voto a favor de cuando menos 5 magistrados del pleno del TC. Al no haberse conseguido ese respaldo, la Ley 31355 mantiene su vigencia y su constitucionalidad.
Como se recordará, dicha norma estableció límites al ejercicio de la cuestión de confianza de parte del Ejecutivo, imposibilitando su uso respecto de competencias “exclusivas y excluyentes” del Congreso, así como para forzar la aprobación de reformas constitucionales.