Unión civil por puchitos, por Arturo Garro Miró Quesada

1.843

El tema de la unión civil –o matrimonio igualitario- enciende muchas pasiones en el Perú, ya sea a favor o en contra, y ni bien hemos iniciado el año, este tema vuelve a ser materia de conversación en diversos foros, sean estos favorables o adversos. Pero veamos qué es lo que ha vuelto a traer este tema a debate.

El pasado lunes 09 de enero, una jueza de primera instancia ordenó – luego de una batalla judicial de cinco años- al RENIEC[1] reconocer la unión del economista Óscar Ugarteche con su esposo realizada en el Distrito Federal [2]de México en donde este tipo de uniones es legal. La algarabía se desató en los medios, colectivos y público en general que desean la implementación del matrimonio igualitario en el Perú. Lamento informarles amables lectores, que el fallo de la jueza contraviene la Constitución puesto que esta solamente reconoce –por ahora- como única forma válida de matrimonio la unión entre un hombre y una mujer[3]; a pesar que la Constitución dice que nadie puede ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole. Efectivamente, la Constitución prohíbe todo tipo de discriminación –de cualquier índole- pero hoy por hoy no incluye a las uniones de personas del mismo sexo como una forma de matrimonio; y lo que el señor Ugarteche buscó es el reconocimiento de su matrimonio; por lo tanto, el fallo es inconstitucional.

He leído por ahí que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos –el Tribunal de Estrasburgo- ha reconocido el “derecho al matrimonio igualitario”, eso es el falso. El pasado 19 de junio de 2016, este tribunal dijo a la letra lo siguiente: “la Convención Europea de Derechos Humanos no incluye un supuesto derecho de las parejas de personas del mismo sexo, tanto en el marco del derecho a la vida privada y familiar (art. 8) como en el del derecho a casarse y tener una familia (art. 12), precisando, incluso, que “el matrimonio tiene connotaciones sociales y culturales profundamente arraigadas que pueden variar considerablemente de una sociedad a otra, y recordó que ella no debería apresurarse a sustituir la apreciación de las autoridades nacionales […]” pero sin embargo, el mismo fallo reconocía el derecho de los estados que conforman la Unión Europea a manejar el tema según sus legislaciones.

Regresando al Perú. Hace poco más de una semana,  el gobierno nacional, dentro de las facultades legislativas que le fueron otorgadas por el Congreso, promulgó el Decreto Legislativo 1323 que modifica el artículo 46 del Código Penal al añadir los siguientes puntos: «se suma como agravante ejecutar el delito bajo móviles de intolerancia o discriminación, tales como el origen, raza, religión, sexo, orientación sexual, identidad de género, factor genético, filiación, edad, discapacidad, idioma, identidad étnica y cultural, indumentaria, opinión, condición económica, o de cualquier otra índole». En pocas palabras, solamente ha añadido, al artículo 2, inciso 24 de la Constitución, los puntos subrayados líneas arriba.

Dado este largo preámbulo, qué es lo que creo que se ha buscado con el Decreto Legislativo 1323 y con la decisión de esta jueza, pero antes con un fallo a favor -por parte de la SUNARP[4]– de una pareja del mismo sexo que se casó en Bélgica, introducir la unión civil “por puchitos” en el Perú. Me explico. El gobierno es consciente que en esta legislatura el proyecto de unión civil o “ley Bruce – De Belaúnde” no logrará ser aprobada debido al mayor número de congresistas conservadores que han entrado al Congreso, como también por la presencia una “bancada militar” más compacta -y de la vieja escuela-, que juntos hacen una importante oposición a este proyecto de ley, a lo cual hay que sumar a algunos sectores del partido gobernante, principalmente los conocidos como “los provincianos”; todos ellos, más un ala importante del fujimorismo, hacen –legislativamente hablando- inviable la aprobación de esta ley.

Otro factor a tener en consideración, es que a pesar que ha habido una importante campaña mediática, y en redes sociales, a favor de la unión civil el porcentaje en contra sigue siendo alto (alrededor de casi el 70%). El rechazo ha decrecido, sí, pero muy levemente. Dicho esto, la batalla por la simpatía de la opinión pública hacia la unión civil, viene siendo perdida estruendosamente por los defensores de esta ley.

Y un aspecto no menor. El principal defensor de la unión civil –políticamente hablando-, el congresista Carlos Bruce, viene afrontando una casi consumada suspensión de sus funciones parlamentarias debido al mal uso de su cargo como congresista en favor de una de sus empresas; algunos constitucionalistas creen que hasta podría caber la posibilidad del desafuero, es decir, su expulsión definitiva del Congreso. Por consiguiente, con una suspensión (lo más factible en este caso) o desafuero del congresista Bruce, la causa de la unión civil perderá a su principal impulsor dentro del parlamento. Algunos dirán que quedaría el congresista Alberto De Belaúnde para dar la batalla política (dentro del Congreso), pero con el debido respeto, el congresista De Belaúnde no tiene aún el oficio y maña política para defender –y liderar- el proyecto de ley en favor de la unión civil.

A pesar de todo este escenario –hoy adverso- para la unión civil en el Perú, es una realidad que tenemos al costado, y que va a darse tarde o temprano. Tal como en su momento sucedió con la abolición de la esclavitud o la aprobación de los matrimonios racialmente mixtos; hechos que en un principio fueron rechazados, pero que el curso de la historia, los acontecimientos socio-políticos y el desarrollo social, hicieron que finalmente sean posibles. Sí el gobierno desea aprobar la unión civil, debe realizar un trabajo serio de convencimiento –no de imposición- a la sociedad, mostrándole con evidencias, que las uniones de personas del mismo sexo no hacen daño a nadie, y que los niños –las supuestas víctimas- que son criados por uniones del mismo sexo no son anormales y han tenido un desarrollo pleno y con respeto a su identidad sexual.

En mi posición personal, estoy a favor que la unión civil se apruebe de una vez, pero con respeto a la Constitución y las leyes, y utilizando el poder de convencimiento –no la imposición- sobre lo beneficioso que resultaría que parejas del mismo sexo puedan formalizar su relación al amparo de la ley.

[1] Registro Nacional de Identificación y Estado Civil

[2] La unión civil o matrimonio igualitario, solo es legal en algunos estados de la Unión Mexicana –como es el caso del Distrito Federal-, por lo cual NO PUEDE decirse que esta forma de unión es válida en todo México.

[3] CAPÍTULO II DE LOS DERECHOS SOCIALES Y ECONÓMICOS. Artículo 5°.- Concubinato La unión estable de un varón y una mujer, libres de impedimento matrimonial, que forman un hogar de hecho, da lugar a una comunidad de bienes sujeta al régimen de la sociedad de gananciales en cuanto sea aplicable.

[4] Superintendencia Nacional de Registros Públicos

Lucidez no necesariamente comparte las opiniones presentadas por sus columnistas, sin embargo respeta y defiende su derecho a presentarlas.