¿Y el Estado de Derecho qué?, por Alfredo Gildemeister

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Todos hemos escuchado el mensaje presidencial el domingo pasado en donde se vio a un presidente Vizcarra claramente “indignado”, exigiéndole -por no decir ordenándole- directamente al Poder Legislativo, esto es, al Congreso, que apruebe a la brevedad los cuatro proyectos de reforma constitucional que -en una actitud claramente circense- personalmente llevara al Congreso hacía según dijo, cuarenta días. También ordenó que, una vez aprobados, el Congreso convoque a un referéndum para el próximo 8 de diciembre. Para ello citó toda una diversidad de artículos de la Constitución como para darle “el toque” (sustento) constitucional a lo ordenado. Lo que no sabe el presidente -o sus “asesores” no se lo han dicho- es que está contraviniendo abiertamente diversos artículos de la Constitución y, especialmente, los fundamentos del Estado de Derecho que sustenta todo régimen democrático como el del Perú. En esta columna no vamos a enumerar la relación de artículos constitucionales que el presidente ha contravenido en su mensaje, pues de ello ya se están encargando o se han encargado brillantes abogados constitucionalistas (Tudela, Amprimo, Domingo García Belaúnde, Bernales, etc.) que unánimemente le han dicho al presidente que está totalmente desubicado por no decir, mas perdido que cuy en tómbola en cuanto a lo que la Constitución le permite y no le permite como presidente. En estas líneas nos referiremos al tema de fondo, que estaría afectando el presidente con su demagógico y populachero mensaje: los fundamentos de todo Estado de Derecho, es decir, las bases de toda democracia.

En primer lugar, ¿Qué es democracia? La palabra “democracia” proviene de los vocablos griegos “demos” y pueblo “kratos”, autoridad o gobierno. La democracia propugna el concepto de soberanía popular, esto es, el derecho del pueblo a gobernarse por sí mismo, con objetivos que representen el interés de todo el pueblo. “El gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo”, lo definió Lincoln en su discurso en Gettysburg. Como dijera Thomas Jefferson: “El primer principio del republicanismo (democracia) es que la ‘lex majoris partis’ (ley de la mayoría) es la ley fundamental de toda sociedad de individuos con iguales derechos; considerar la voluntad de la colectividad, expresada aunque sea por la mayoría de un solo voto, tan sagrada como si fuere unánime, es la primera de las lecciones que debe aprenderse, pero la última que se aprende completamente. Cuando se abandona esta ley, no queda otra que la de la fuerza, que concluye, inevitablemente, en el despotismo militar”. De allí que, en toda democracia, la mayoría mande, guste o no a la minoría.

Adicionalmente a ello, hay ciertos requisitos que en toda democracia se deben respetar, los cuales constituyen los instrumentos políticos y jurídicos imprescindibles para el fundamento de toda democracia. Estos son los siguientes: a) El sufragio o voto popular, a través del cual se expresa la voluntad del pueblo. El pueblo designa a sus representantes, aquellos que legislarán por él en un periodo determinado, luego volverá a elegir; b) Una Constitución o cuerpo fundamental como la ley de leyes, la cual establece y limita los derechos y atribuciones del individuo y del Estado, y las relaciones de uno con el otro, así como entre los denominados poderes del Estado, a fin de evitar el abuso de la libertad por parte de los individuos y el exceso de autoridad de los gobernantes; c) La división de poderes dentro del Estado. Un Estado centralizado tendería a un autoritarismo despótico. Así tenemos al poder Legislativo -que hace las leyes en representación directa del pueblo- el poder Ejecutivo con el presidente, su gabinete, etc. y el poder Judicial, que administra justicia para sancionar la infracción de las leyes. Cada poder cumple sus respectivas funciones siendo el Legislativo -por ser el pueblo representado- el mas importante; finalmente, d) La adopción y vigencia de principios y derechos fundamentales destinados a garantizar la vida, el derecho al voto, la igualdad, libertad, etc. Estos son los pilares o fundamentos de toda democracia. De allí que una democracia o Estado de Derecho, implica el respeto de las minorías a lo votado por las mayorías. Para vivir pues “en democracia” se requiere tener una cierta “cultura democrática”, esto es, aprender a ganar y aprender a perder cuando tu candidato o tu partido es mayoría o minoría. La aceptación del resultado democrático es lo que mas cuesta en las democracias jóvenes como, por ejemplo, la peruana.

Volviendo al mensaje y lo ordenado por el presidente, éste olvida que él -como cabeza del Poder Ejecutivo- no puede ordenar al Poder Legislativo que le aprueben cuatro proyectos de reformas constitucionales, poner plazo, para luego ordenar y establecer la fecha del referéndum. El presidente, al parecer, ha olvidado que uno de los fundamentos de toda democracia es la separación de poderes. Si bien nadie está contento con el desempeño del actual Congreso, ello no significa que la “solución” sea su cierre o desaparición, puesto que ello acarrearía la desaparición del Estado de Derecho y la imposición de una autocracia al mejor estilo de Maduro en Venezuela o de Castro en Cuba. Los que creemos en la democracia no queremos eso obviamente. De allí que el presidente debe respetar la división de poderes, ceñirse a lo establecido en la Constitución y no a lo que él cree o piensa que señala la Constitución. El presidente está excediendo sus funciones, transgrediendo la Constitución, señalando plazos absurdos ya que modificar sesenta artículos de la Constitución no es poca cosa o algo que se haga en tan breve plazo. La ley establece que el Congreso tiene 120 días hábiles para dictaminar y el presidente no puede ponerle fecha al Parlamento para ello, ello es una intrusión en el Legislativo. El presidente no puede plantear referéndum de mutuo propio y menos para vulnerar un derecho fundamental como el derecho a elegir y o reelegir. De allí que sus cuatro proyectos deban ser reelaborados y vueltos a presentar pues adolecen de errores de inconstitucionalidad, contradicciones y otros defectos. Finalmente, al margen del tema constitucional y democrático, cabe preguntarnos: ¿A quién o quienes beneficiaría el cierre del Congreso? Al parecer, a la mafia de Odebrecht y todo el entorno de corruptos que mantiene, puesto que las investigaciones se paralizarían, se eliminaría a los investigadores molestos (Comisión Lavajato, fiscales, etc.). ¿Le convendría a la democracia? Obviamente que no. La imagen del Perú hacia el exterior sería patética. ¿Le convendría al pueblo que eligió a esos congresistas, convocar a nuevas elecciones legislativas? ¿Quién garantizaría que un Congreso de nuevos congresistas sea mejor que el actual? ¿Y si es peor? Entonces ¿nuevamente se cerraría el Congreso y se volvería a elegir congresistas hasta que nos satisfagan? Al presidente se le vio nervioso y agresivo. Nos recuerda al PPK nervioso de hace unos meses, ante las pruebas que lo incriminaban y citado a la comisión Lavajato. Recuerde presidente: ¿Y el Estado de Derecho qué? Recuerde que estamos en una democracia y no en Venezuela. Respete sus fundamentos y principios.

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